lunes, 2 de febrero de 2009

localizacio y replanteo












Esta norma reglamenta la ejecución de las operaciones de
localización y replanteo de las obras que se ejecuten en
cada actividad, y al control planimétrico y altimétrico de las
mismas, con base en las coordenadas y cotas indicadas en
los planos.
2 REQUISITOS
2.1 La localización debe realizarse de acuerdo con los
planos de localización general del proyecto, utilizando
sistemas de precisión que permitan fijar adecuadamente los
puntos topográficos auxiliares.
2.2 El replanteo debe hacerse con base en los planos de
construcción del proyecto, haciendo referencia a los ejes de
manera que se garantice la fijación y estabilidad de las
marcas.
2.3 El control planimétrico y altimétrico debe hacerse
permanentemente con base en mojones y puentes fijados
con precisión de tercero y cuarto orden.
2.4 Las labores de topografía deben ser ejecutadas por
personal técnico calificado, con equipos de precisión
adecuada.
2.5 El Contratista debe suministrar los equipos de topografía,
estacas, mojones, pinturas, puntillas, piolas, etc., utilizando
equipos y materiales de primera calidad.
2.6 Para el manejo de la información debe disponerse de
bases de datos físicas y magnéticas que permitan verificar

1 comentario:

  1. Excelente, es importante que investigues un poco mas, no te conformes con esta puequeña porcion, me alegra y te felicito que ya estas utilizando estos recursos de tele informatica, sigue con esta motivacion.

    ResponderEliminar